domingo, 29 de enero de 2012

¿Cuál es el origen de la expresión “Despedirse a la francesa”?

 Cuando alguien se marcha de un lugar sin despedirse de los presentes, se suele decir que éste “se ha despedido a la francesa”.El origen del término viene de una costumbre que se popularizó entre la alta sociedad y burguesía de Francia a mediados del siglo XVIII. Esa constumbre, a la que bautizaron como “sanas adieu” y que significa ‘sin adiós’, se realizaba cuando uno de los asistentes a una fiesta o acto social decidía marcharse. Éste debía abandonar la estancia discretamente, sin llamar la atención ni despedirse de nadie (incluyendo a los anfitriones), siendo de muy mala educación que saludase o indicase su deseo de marcharse a alguien.Con el tiempo, todo volvió a la normalidad y el uso del saludo para despedirse volvió a ponerse de moda, viéndose con malos ojos y como un acto de mala educación el irse de un lugar sin decir nada, por lo que se comenzó a aplicar la expresión “despedirse a la francesa” como alusión a aquella antigua y maleducada norma. Paradójicamente, los franceses utilizan la expresión “filer à l’anglaise” (marcharse a la inglesa) para referirse a aquellos que huyen o escapan de un lugar y es muy utilizado, sobre todo, para referirse a los ladrones. Todo hace suponer que las continuas enemistades históricas entre franceses e ingleses llevaron a la creación y utilización de esta frase y su uso de modo despectivo.  

lunes, 16 de enero de 2012

LOS SECRETOS DE STONEHENGE


En el condado de Wiltshire, en el sur de Inglaterra se encuentra Stonehenge,  el monumento megalítico más extraordinario y enigmático del mundo. Desde la antigüedad, Stonehenge ha despertado la atención y la admiración de los visitantes por su extraña y sorprendente arquitectura. No hay actualmente nada en el mundo que de manera alguna pueda compararse con este misterioso santuario, construido simplemente con grandes bloques rectangulares de piedras.
A estas alturas de la historia todavía no se sabe a quién atribuir verdaderamente esta construcción. Aunque hay varias teorías que se exponen en el documental.
La finalidad que tuvo la construcción de este gran monumento se ignora, pero se supone que se utilizaba como templo religioso, monumento funerario u observatorio astronómico que servía para predecir estaciones.
En el solsticio de verano, el Sol salía justo atravesando el eje de la construcción, lo que hace suponer que los constructores tenían conocimientos de astronomía. El mismo día, el Sol se ocultaba atravesando el eje del Woodhenge, donde se han encontrado multitud de huesos de animales y objetos que evidencian que se celebraban grandes fiestas, u ofrendas o sacrificios para pedir buenas cosechas.
Han sido encontrados 240 enterramientos de restos humanos que habían sido previamente calcinados, datados entre el año 3030 y 2340 a. C. Dado el poco número de entierros para un período tan largo, se estima que no se trata de un cementerio para los muertos de un poblado, sino para determinadas personas escogidas. Para los paganos, la piedra era el símbolo de "lo eterno". Así que Stonehenge podría haber sido utilizada en ceremonias religiosas de culto a los muertos y a la vida.
En este documental que propongo se habla de la historia de Stonehenge, cómo lo construyeron, por qué lo construyeron, y qué finalidad tuvo. Recomiendo que lo veáis porque me parece que tiene una gran calidad, tanto por las imágenes y montajes como por las personas que participan.

domingo, 25 de diciembre de 2011

ARISTOCRACIA



Las viejas clases dominantes del Antiguo Régimen (fundamentalmente la nobleza) perdieron gran parte de su influencia a lo largo del siglo XIX. Abolidos sus privilegios legales tras las revoluciones burguesas, conservaron no obstante, gran parte de su poder económico, cimentado esencialmente en la propiedad de la tierra.



Progresivamente fueron integrándose en el mundo de los negocios bancarios y comerciales, entroncándose vía matrimonial con la pujante burguesía. Su prestigio social siguió intacto y, en cierto modo, continuaron jugando un papel relevante en la administración, la diplomacia, el ejército y la política (Se concedieron nuevos títulos de nobleza).
En el Mediterráneo (España) y Europa Oriental (Rusia) su papel fue aún más significativo, dado el considerable retraso que esas áreas tenían frente o a otras más modernas.
En Inglaterra la gran aristocracia (los lores) dominó la Cámara Alta y destacó en los más elevados puestos del ejército, el gobierno y la diplomacia.
En la Alemania prusiana los terratenientes nobles (los junkers) controlaron el ejército, el gobierno y gran parte del mundo de la economía.
En conclusión, durante gran parte del siglo XIX formar parte de la aristocracia siguió siendo la principal y mejor forma de adquirir prestigio social.

Geográficamente se produce también una cesura entre el norte peninsular —las montañas cantábricas y pirenaicas donde van a buscarse los solares originarios de las casas nobles pero donde no hay grandes dominios y la mayor igualdad de condiciones permitió nacer el mito de la hidalguía universal y el sur dominado por las encomiendas de las órdenes militares y los grandes estados—. A los no privilegiados, les quedaba la percepción del orgullo de cristiano viejo, que se expresó legalmente en los estatutos de limpieza de sangre, que se extendieron por todo tipo de instituciones tras la revuelta anti conversa de Pedro Sarmiento en Toledo (1449) .
El clero era un estamento más abierto, ya que podían incorporarse individuos sin atender a su condición social, aunque también era un grupo jerarquizado con distintos grados dentro de su estructuración.

En los aledaños de la Corte. El clero era un estamento más abierto, ya que podían incorporarse individuos sin atender a su condición social, aunque también era un grupo jerarquizado con distintos grados dentro de su estructuración.




viernes, 23 de diciembre de 2011

La España del siglo XVI: El modelo político de los Austrias

Los Habsburgo o Austrias continuaron y desarrollaron la organización política heredada de los Reyes Católicos. Procuraron rodearse de letrados, funcionarios expertos en leyes que no pertenecía a la alta nobleza. De esta manera, apartaron a la aristocracia del poder de la Corte, permitiendo que el poder político quedara centralizado en las manos de los monarcas.

La alta nobleza siguió jugando un papel muy importante, detentaba los altos cargos  del ejército, de la marina y de la diplomacia, pero siempre subordinada a la corona.

Castilla se convirtió en el centro del Imperio. Esto ocurrió en mayor medida con Felipe II que con su padre, Carlos V. En los demás reinos y posesiones se establecieron Virreyes (Aragón, Indias, Italia) o Gobernadores (Países Bajos, Milán). Estos cargos fueron ejercidos por altos nobles o miembros de la familia real.

El Rey estaba asesorado por los Consejos (sistema polisinodial). Estos podían sersectoriales (Hacienda…) o territoriales (Castilla, Aragón, Indias, Italia…). Estaban formados por letrados, nobles y alto clero y tenían un carácter meramente consultivo. El Rey tenía la última palabra.

Carlos V y Felipe II despacharon los asuntos cotidianamente con consejeros de su máxima confianza, los 
Secretarios, que hacían de intermediarios entre el rey y los Consejos. Algunos, como Antonio Pérez con Felipe II, alcanzaron una gran influencia.

La administración territorial mantuvo la estructura heredada de los Reyes Católicos. LosCorregidores, designados por la corona, tenían el control de las ciudades. Otros cargos de la burocracia eran los Contadores y recaudadores de impuestos, y los Alguaciles que hacían funciones de policía.

Las 
Chancillerías y las Audiencias se encargaron de la administración de justicia.

En 1561, Felipe II fijó la capital en 
Madrid. Diversos factores explican esta decisión: La situación central de la ciudad en la península o las ventajas ambientales (agua, caza…). Esta decisión provocó el rápido crecimiento de la Villa y Corte, a la vez que la decadencia de ciudades como Valladolid o Toledo, que eran anteriormente frecuentemente la sede de la Corte.

martes, 13 de diciembre de 2011

¿Qué es la tasa de trigo?¿Cuándo se abole?

¿Qué es la tasa de trigo?¿Cuándo se abole?


La tasa del trigo consistió en un mecanismo de fijación legal del precio del trigo y la harina, establecido con el fin de que dichos precios no superasen en ningún caso una cota máxima. Con ello se pretendía paliar la presión sobre la población que suponía el elevado encarecimiento de estos bienes básicos.


Esta medida pretendía salir al paso de un problema secular de la economía española -y de las economías mediterráneas, por lo general- que se derivaba de la subproducción de trigo y, en consecuencia, de las cíclicas crisis de subsistencia originadas por este problema. La discusión se centró en si la tasación era la medida la más adecuada o no, ya que otras opiniones sostenían que reduciría los incentivos a la producción, al hacer desaparecer las expectativas de ganancias sustanciales y, por tanto, podría perpetuar la situación de carencia de este producto básico de alimentación..


Se originó en torno los siglos XVI y XVII como estímulo a la producción.El problema que se planteaba con la tasa era el de si esta medida convenía o no para resolver las frecuentes situaciones de escasez, de subproducción, ya que era aquí donde residía el origen de la cuestión; y la tasa, por sí sola, lo único que resolvía era el problema de carestía, pero sólo temporalmente. Y la otra cuestión fundamental consistía en que la fijación de un precio legal, si bien resolvía el problema de carestía, eliminaba los incentivos a la producción ya que, al menos en principio, el precio legal dejaba escaso margen de beneficio al productor, y eliminaba toda posible anticipación por parte de éste para aprovechar coyunturas favorables del mercado.


La tasa de trigo se abole en 1765 con las reformas agrarias de CarlosIII, estableciendo así el libre comercio de grano. La tasa de trigo había sido ineficaz ante la carestía y sus nefastas consecuencias para el impulso de la producción. Con el nuevo sistema de libre mercado se buscaba aumentar la producción, mejorar la situación de los agricultores, impulsar la articulación del comercio interior; pero también —al aumentar la capacidad adquisitiva de los productores— fomentar la población, las manufacturas y los ingresos de la Real Hacienda. Aunque se reconocía que la abolición de la tasa ocasionaría una subida de precios, necesaria para estimular la producción, se confiaba en la acción de los comerciantes y en su búsqueda del interés particular como elementos suficientes para garantizar el "precio justo", entendido éste como el resultante de la libre confrontación entre la oferta y la demanda .

lunes, 28 de noviembre de 2011

El matrimonio en el Antiguo Régimen

El matrimonio en el Antiguo Régimen

El matrimonio en el Antiguo Régimen era muy diferente a como lo concibimos hoy en día. Diferenciando los matrimonios de las distintas clases sociales de la época, podemos comenzar con:
  1. Los matrimonios entre las familias reales: con el principal objetivo de alianzas políticas, para la obtención de territorios y para lograr acuerdos comerciales y económicos.
  2. Los matrimonios de la nobleza: que podían darse entre nobles, con afán de aumentar el poderío, influencias o tierras. Pero también se daban numerosos casos en los que, la parte noble ( generalmente arruinada ) aceptaba casar a su hijo/a con una miembro de la oligarquía para obtener, los nobles dinero ( proveniente de la dote ), y los coligarcas un título de nobleza.
  3. Los matrimonios entre la oligarquía ( comerciantes, etc ), que conllevaban un aumento de la riqueza por la unión de dos familias con alto poder adquisitivo.
  4. Por último, los matrimonios entre el campesinado, en los que también se buscaba un cierto beneficio, sobre todo la parte de la familia de la mujer, ya que el pretendiente debía pagar una dote ( como por ejemplo dos cabezas de ganado ), y que suponía una ayuda importante a la economía familiar ( porque obtenían la dote y dejaban de mantener a la hija ).
En general, los matrimonios de esta época funcionan como contratos económicos, aunque también existían numerosos casos en los que se realizaban por el deseo de los pretendientes.
Es muy importante mencionar el papel de la mujeres en estos matrimonios de la época y en la sociedad para entenderlos.

El estatus jurídico de la mujer casada a lo largo es de la minoría de edad, ya que pasa de ser dirigida por el padre, a sersometida a la voluntad del marido, teniendo prohibido vender o comprar patrimonio, dotar,contratar, sin permiso de éste ( Únicamente se les permite testar y realizar donaciones de caridad. )

Es normal, que la viudez aparece así, como una forma de libertad para estas mujeres. Hay casos en los que algunas de estas viudas llegan a tener un papel social destacable en determinados entornos, siendo su influencia en la mayor parte de los casos de carácter económico.

Durante la minoría de edad y durante el matrimonio, se las asocia al nombre del marido, ( " yo fulano , en conjunta persona y sangre con la dicha mi mujer" ), o se pide la reafirmación del marido para validar un acto realizado sin permiso.

A su vez, era normal, las prácticas matrimoniales endogámicas como elemento clave en la preservación del patrimonio y su transmisión. Los bienes dotales (la dote) es un seguro económico, pues en teoría el marido no puede disponer de ella, o si lo hiciera, está obligado a restituirla en los mismos términos. Así a la muerte del marido, la viuda dispone de unos bienes propios, que a su vez pasarán al patrimonio de los hijos ( directos por primogenitura masculina, o repartidos en mejoras para los hijos menores).

Es la depositaria del honor, y su participación en delitos contra éste ( bigamia, adulterio, amancebamiento) puede suponerle la vergüenza, el destierro, el escarnio público, o la muerte; estando su vida y la de su amante en manos del marido ( recogido en las leyes )

Más allá de los límites legales, a la mujer se le ha asignado una función, madre, esposa y creyente, las vocaciones eclesiásticas o el servicio al señor, que son durante el Antiguo Régimen una salida para viudas e hijas sin dote. Vemos como se representa la Fe por medio de la figura de la monja.

miércoles, 23 de noviembre de 2011

Resumen apuntes T7

LOS BORBONES: LA LLEGADA AL TRONO, PRIMERAS REFORMAS Y TENDENCIAS DE GOBIERNO.

La sucesión del monarca español, Carlos II se convirtió en una cuestión internacional. En el mes de octubre de 1.700 se redactaba el último testamento que otorgaba el trono de España, al duque de Anjou, nieto de Luis XIV; el 4 de Diciembre el futuro Felipe V emprendía viaje a España. En la Cortes de los distintos territorios españoles le tomaron juramento como nuevo Rey.
Las instituciones durante el siglo XVIII, experimentaron cambios en todos los niveles. La organización desarrollada por la Casa de Austria se fue transformando. El Reformismo o Despotismo Ilustrado, que había surgido en España, tuvo su influencia en la segunda mitad del siglo.
Aspecto especialmente a destacar son la centralización y unificación sobre la base del Derecho y las instituciones castellanas, como consecuencia de la guerra de Sucesión, además de cómo rey legítimo. Este proceso abarca todo el siglo XVIII, mediante la entronización de la dinastía, terminando con la invasión napoleónica.
El proceso de cambio empezó por la misma corona. En 1713 se modificaba el sistema hereditario según las Partidas, según la llamada Ley Sálica, que excluía a las mujeres del trono, y exigía el nacimiento de los futuros reyes dentro de España.
El poder Legislativo se ve muy favorecido con la abolición de las Cortes, en Navarra y Aragón y la incorporación de sus miembros a las Cortes de Castilla, controladas por el soberano, así como el gubernativo y administrativo en Aragón.
De esta forma el rey tiene un control más efectivo en todos los poderes incluido el eclesiástico. Es por lo que pasa a denominarse Despotismo ilustrado. Con los Decretos de Nueva Planta se refunden todos los poderes.
Poco a poco las cortes dejaron de convocarse en los sucesivos mandatos de los Reyes, únicamente Carlos III lo hizo para que juraran al heredero en el año 1.724.
Nuevamente y con el propósito de la jura del heredero Carlos IV, en 1789 y bajo la presidencia de Campomanes, volvió a convocarlas. A los 76 procuradores que componían la reunión se les exigió guardar silencio de lo que allí se tratara. Únicamente se aprobó por unanimidad el restablecimiento del orden sucesorio de la corona, no siendo incluida en la Novísima Recopilación (1.805), ya que la sucesión estaba asegurada. Esto conllevó en el año 1.833, y a la muerte de Fernando VII a las protestas por parte de los seguidores de D. Carlos, su hermano. Rechazar la sucesión del trono en su hija Isabel II.
Debido a otros interés y suponiendo que este apunte podría representar para las Cortes una actitud similar a la de los Estados Generales Franceses produciendo una actitud como en el país galo, éste no se llevó a cabo.
Los Borbones emprenden una reforma total de la Administración sustituyendo el régimen de Consejos por Ministerios, partiendo del Secretario del Despacho Universal, creando departamentos que resten competencias a sus homónimos, denominándose Secretarios de Estado y del Despacho.

2. La unificación jurídico-pública: los Decretos de Nueva Planta para la Corona de Aragón.
Los Borbones, para gobernar emplean instituciones unipersonales ( como comandantes ), como colegiadas ( audiencias ), aunque los unipersonales tienen mayor importancia. Felipe V inicia las reformas que se imponen ante las austriacas, como os Decretos de Nueva Planta (1707-1718).
Se abolen los fueros aragoneses y valencianos y se les imponen las “leyes de Castilla”. Cataluña, Aragón y Valencia son gobernadas por un Capitán General, ya que los virreyes se suprimieron. Pero en Mallorca perduró el derecho civil y algunos otros aspectos propios.
En Navarra y Vasconas se respetaron la mayoría de costumbres y leyes ya que se habían mantenido leales, aunque se instituyó un Capitán General en la segunda.
Como consecuencia de la guerra de sucesión hubo reformas en la administración central (supresión de la Inquisición, por ejemplo). La uniformidad institucional se consigue tomando como modelo las instituciones castellanas (audiencias y corregidores) o creando otras nuevas para toda la Monarquía (intendentes).

3 .La Administración central: del régimen de Consejos al régimen de Secretarías.
Las reformas del S. XVIII fueron muy desiguales.
Comenzando con Felipe V ( 1701-1724-1746 ) parece el más moderado.
En la primera fase de su reinado se inspira en sus ministros franceses. La guerra y la pérdida de territorios provocó la abolición de algunas instituciones. Al final de la guerra d emprendió la reforma de los Consejos, como el de Castilla, pasando de un presidente a cinco y se creó el Fiscal General. El de Hacienda, que se redujo y se creó una Junta. El de Órdenes, que fue sustituido por el Tribunal de las Órdenes al final.
El de Indias, que quedó en un segundo plano. El de estado, que perdió importancia también. La Inquisición ya casi no tenía importancia. El de Italia tuvo una sola reforma. Y por último de la Sana Cruzada, que se convirtió en una Comisaría General.
El gobierno se hizo a través de las Secretarías de Estado y del Despacho, que se unen al final en la Junta Suprema de Estado.
Estas reformas duraron sólo hasta el segundo matrimonio de Felipe V, porque se “restituyen los Consejos y tribunales antiguos”. A partir de este ahora todo estará influido por Alberoni.
Las secretarías se reorganizan, manteniendo las de Estado y justicia y fundiendo las de Guerra y Marina, se suprime la Veeduría General y la Intendencia Universal se transforma en una Secretaría de Hacienda. Por último los asuntos de Indias son repartidos entre Guerra y Marina.
Cuando cae Alberoni en 1719, ocupa su lugar Grimaldo, quien volvió al régimen político ideado por el equipo francés. Las tres Secretarías pasan a ser 4 y se reparten las competencias, que más tarde se convertirían en 5.
Felipe V abdica en 1724 en Luis I, con Orendaón como secretario y rodeado de una Junta asesora, pero muere pronto de forma repentina.

Felipe V vuelve al trono y Grimaldo recupera el poder, aparece José Patiño y el barón de Ripperdá (enfrentado con el hermano de Patiño). La desconfianza de los reyes produce su caída, el ascenso de lo Patiño y la salida de Grimaldo.
La gestión de J.Patiño dura 4 años y acaba ocupando todas las secretarias. Pero con su muerte llega otra generación de políticos españoles.
José Campillo se propone acaparar todo el poder, pero en 1743 se vuelve al régimen anterior de 1713.
Fernando VI aplica un reformismo por tres equipos de ministros: Vallarías y Ensenada, Ensenada y Carvajal, y los herederos de éstos. Las relaciones de poder del nueve gabinete (después de la muerte de Campillo), de Carvajal y Ensenada ponen al primero como consejero, ministro y decano. Más adelante Carvajal es nombrado Secretario de Estado y entre él y Ensenada acaparan casi todo el poder político.
Carvajal murió y los filo. Franceses e ingleses se debatieron por el aparato ministerial. Fue nombrado Ricardo Wall (anti francés), el duque de Albuquerque para Indias y el duque de Huáscar para el Consejo de Estado. Éste y Ensenada se enfrentaron y Ensenada cayó.
En Mayo de 1754 se dicta que Wall se encargue de las relaciones exteriores. A la Secretaría de Hacienda (de Valparaíso) se le dan asuntos de rentas. A la de Guerra (de Eslava) se le encargan los Capitanes Generales y Marina e Indias se unifican y se entregan a Arriaga.
Carlos III alcanza el apogeo de las reformas de la Casa de Borbón, con dos fases: Una muy influida pos los ministros extranjeros y otra pos los españoles ( y por Floridablanca ).
El de los ministros extranjeros estuvo gestionado por Esquila che (S. de Hacienda, Grimaldi (S. De Estado) y Arriaga.
Estos tres son el antecedente de la Junta Suprema de Estado.
Debido a los sucesivos motines hubo algunos cambios de presidencia ( como Aranda en el Consejo de Castilla ).
En 1776 hay sustituciones en el Gabinete, se crea la Real Junta de Correos y Postas. Se reparte Marina (para Castejón) e Indias (para Gálvez). Floridablanca ocupa el poder de Grimaldi.
Éste, tras la muerte de Roda, tiene las S. de Estado, Gracia y Justicia. Pero la divergencia de planes en política exterior de Aranda y Floridablanca acaba enfrentándoles.
Floridablanca crea la Suprema Junta Ordinario y Perpetua del Estado (sugerida por Valdés), y termina siendo la Junta Suprema de Estado.
Más adelante La S. de Indias se divide en Gracia y Justicia, y otra de Guerra, Hacienda, Comercio y Navegación. Pero Indias se reparten y acaban sólo Estado, Guerra, Marina, Justicia y Hacienda.
Aranda pasó a ser Secretario de Estado después de la caída de


Floridablanca y se quita la Junta Suprema de Estado. Los 9 meses de Aranda en el Ministerio estuvieron llenos de reformas administrativas.

Aranda hizo una política conciliadora con Francia, pero fue interrumpida y sustituido por Godoy, que no aportó novedades al sistema ya existente. El equipo de gobiernos se mantuvo hasta finales de siglo con cinco Ministerios.

4 – La Administración territorial
4.1 – Provincias

La Casa de Austria había ejercido durante los siglos XVI y XVII
La personalidad de los territorios de Castilla y Aragón, cosa que los Borbones iban a ejercer su poderío durante el XVIII centralizando su gestión.
En Castilla, las tierras Vascas y Navarra se pasa de la tradicional división de bailías, distritos y veguerías a Corregimientos como consecuencia de los Decretos de Nueva Planta, procediéndose a la división provincial en 1.785, fijándose el mapa de la Monarquía.

4.2 – Las Capitanías Generales

Los antiguos virreinatos convertidos en provincias se acomodan a las circunscripciones judiciales. Once fueron las Capitanías que
Coincidían con sus respectivas audiencias.

4. 3 – Los Corregidores

El gobierno de la Casa de Austria fue administrado por corregidores y gobernadores que rigen en sus circunscripciones.
Los Borbones, por su parte sustituyen a todos ellos por oficiales de “capa y espada”.
Después de la Guerra de Sucesión, en Castilla también se aplicaron estas reformas procediéndose a una mayor centralización. Según el auto acordado el 1 de Febrero de 1.717 se agruparon los corregimientos en diez partidos, dependiendo cada uno de ellos de los consejos de la Sala de Gobierno del Consejo, modificando la reforma de Felipe IV.
Los Corregimientos fueron aumentando unos eran de capa y espada y otros de letras. Con estas nuevas ideas fueron ascendiendo debido a Campomanes y sus nuevas ideas transformando y mejorando sus empleos.
Por último, se separan los gobiernos militares, así como los corregimientos en 1.788.

4.4 – Los intendentes

Una de las reformas más importantes fue la de la introducción de los intendentes en la Administración, el precedente fueron los superintendentes generales de los ejércitos actuando en las demarcaciones territoriales sometidas por el rey.
Las primeras experiencias tienen lugar en Valencia y Aragón por motivos de la guerra, presentado por Bergeyck, siendo nombrados los primeros en Diciembre de 1.711.

De esta manera progresa su asentamiento y competencia se institucionalizan, al dotarlos de funciones que antes no habían – tenido, a veces una misma persona participa de diferentes funciones, teniendo que vivir el intendente en la capital de provincia asignada, debida a la intendencia del ejército y de la provincia.
Los Corregidores fueron relegados a segundo lugar debido a la creación de los Intendentes. Posteriormente, fueron suprimidas en las provincias donde no existían tropas, situación que se mantiene hasta 1.749.
La institución sufrirá diferentes reformas en los sucesivos años.
En el reinado de Carlos III se resuelve el contencioso intendente-corregidor, separándolos definitivamente atribuyendo a los titulares de las primeras los negocios fiscales – y militares, y a los segundos la función judicial y de policía.
El número de intendencias fue impreciso durante el siglo XVIII.
Más tarde en 1.772, se creó otra intendencia de provincia de 3ª
Clase la de las Nuevas Poblaciones. Cuando se trazó posteriormente la división en provincias su número se acomodó al de las intendencias, que estaban divididas en partidos.

5. – La administración local: la implantación del modelo castellano y el Reformismo Ilustrado de Carlos III.

La vida municipal desde la creación de los Concejos cerrados había ido perdiendo autonomía respecto al rey, sus agentes y la administración central. A este proceso incluso, ni las ciudades con voto en Cortes pudieron resistir. Los Borbones trataron de imponer un modelo uniforme de entendimiento, el castellano.

5. 1. Extensión del modelo castellano, unificación y centralización a través de los Decretos de Nueva Planta.

En Valencia con este Decreto se procedió a la castellanización de su Ayuntamiento, nombrar un corregidor, un alcalde mayor y 32 regidurías, algunas en la condición de caballeros. Igualmente en Zaragoza se estableció que la designación de autoridades serian a cargo del monarca.

En Cataluña la reforma se llevó a cabo en las mismas fechas, ya que las tropas de Felipe V ocuparon estos territorios. Se derogó el sistema de insaculación de los oficios en casi todas las poblaciones. Se procedió a suprimir el Concell de Cent. Quedando el territorio dividido en doce corregimientos.

En Mallorca igualmente se llevó a cabo una transformación, las regidurías fueron vitalicias, e igualmente se cambia el nombre a Palma de Mallorca.

5. 2 – Las reformas Borbónicas para el conjunto de la Monarquía.

Las reformas que experimenta la administración fueron emprendidas durante el reinado de Felipe V, la recaudación de los arbitrios municipales ratificados se rendirán cuenta de ellos todos los años al Consejo de Castilla.
Por último Carlos III crea la Contaduría General de Propios y Arbitrios.

5. 3 – El Reformismo Ilustrado de Carlos III: El Procurador Síndico Personero, los Diputados del Común y los Alcaldes de Barrio.

En el reinado de Carlos III se inicia un proceso democratizador
De los municipios, produciendo malestar popular, tales como el motín de Esquilache entre otros.
Se estableció en todos los pueblos un Procurador Síndico Personero y varios Diputados del Común, siendo la elección anual en un principio.

En cuanto a los Alcaldes de Barrio se crearon primero en Madrid, extendiéndose a provincias siendo elegidos por los mismos vecinos del barrio anualmente, haciendo cumplir a los mismos los bandos, ordenanzas y disposiciones generales exigidos a tal fín.